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Respuesta del consorcio de Hidroituango CCC a la citación de conciliación

El consorcio contratista encargado de la construcción del proyecto Hidroituango, conformado por las firmas Camargo Correa, Conconcreto y Coninsa Ramón H., dirigió una sentida carta al gerente de Empresas Públicas de Medellín, Álvaro Guillermo Rendón, en respuesta a la citación que se le hiciera como citación a la audiencia de conciliación prejudicial por supuestos incumplimientos contractuales en la construcción de la Galería Alterna de Desviación del proyecto por parte del Consorcio CCC Ituango.

La carta, revela a la opinión pública, la sorpresa que se llevó el consorcio con los anuncios hechos por el alcalde y EPM, de iniciar un proceso por 9,9 millones aduciendo fallas que nunca se le han comunicado ni aparecen en los informes. Es más, se extrañan de la manera como se dice que existe una controversia, cuando no ha habido reclamos por parte de EPM, en cambio sí, felicitaciones y halagos por la forma como evitaron la destrucción de la presa y la forma como solucionaron el problema, salvaguardando miles de vidas que estuvieron en riesgo.

Finalmente, la carta firmada por todos los representantes legales de las empresas contratistas de CCC, invitan a que se desista de las acciones que ha emprendido la empresa.

Este es el texto de la carta:

CE-0390

Medellín, 14 de agosto de 2020

Doctor
ALVARO GUILLERMO RENDÓN LÓPEZ.
Gerente General
Empresas Públicas de Medellín E.S.P – EPM Carrera 58 No 42-125, Piso 9
Medellín

REFERENCIA:
Proyecto Hidroeléctrico Ituango.
Contrato No. CT-2012-000036
Construcción de La Presa, Central y Obras Asociadas.
Citación a audiencia de conciliación prejudicial por supuestos incumplimientos contractuales en la construcción de la Galería Alterna de Desviación del proyecto por parte del Consorcio CCC Ituango.

Respetado Doctor Rendón,
Hemos recibido con suma extrañeza la sorpresiva solicitud de conciliación presentada por EPM ante los procuradores judiciales, a través de la cual ustedes pretenden que los integrantes del Consorcio CCC Ituango junto con las otras empresas y entidades aseguradoras vinculadas con el proyecto Hidroituango, reconozcan a favor de EPM indemnizaciones por un valor cercano a los 9,9 billones de pesos por los supuestos perjuicios sufridos por la entidad y por terceros como consecuencia del taponamiento de la GAD, el represamiento anticipado del Río Cauca y las crecientes que generaron afectaciones a las comunidades ubicadas aguas abajo.

Esta convocatoria, al igual que las imputaciones de responsabilidad que ustedes hacen en contra del Consorcio resultan inusitadas, por decirlo lo menos, y contradicen la conducta de EPM observada hasta ahora con respecto al contrato, dado que ningún requerimiento ni cuestionamiento ha existido de parte de la entidad frente a la forma como fueron cumplidas nuestras obligaciones con relación a la construcción de la GAD y al contrato en general. Contrario a lo anterior, han existido expresiones claras de reconocimiento por la labor realizada por el Consorcio CCC Ituango, labores que, dicho sea de paso, impidieron que se materializara la destrucción de la presa y el proyecto, evitando lo que hubiese sido la peor catástrofe en la historia del país, y en consonancia con esa actitud nos han formulado solicitudes expresas de apoyo para que continuemos ejecutando el contrato con el propósito de sacar adelante el proyecto y cumplir con los compromisos adquiridos por EPM. Lo anterior sólo puede entenderse si existe la respectiva confianza en la calidad del trabajo realizado, en nuestra capacidad de ejecución y en el riguroso cumplimiento de nuestras obligaciones, que hemos demostrado con hechos durante más de 95 meses, pues no de otra manera se entendería que, si de parte de EPM existieran dudas frente a nuestra idoneidad o la creencia de que incurrimos en un incumplimiento tan grave como el que hoy nos están imputando, nos hubieran encomendado la ejecución de las actividades de recuperación del proyecto.

Acorde con lo anterior se han suscrito varias actas de modificación del contrato que recogen los acuerdos realizados y hemos continuado ejecutando las obras acordadas honrando la confianza que EPM ha depositado en nosotros, la última de las cuales se suscribió hace escasos días ampliando nuestro contrato hasta el próximo 31 de diciembre, fecha en la cual culminarían nuestras obligaciones contractuales.

Teniendo en cuenta lo anterior consideramos importante decir que el Consorcio, respetuoso de las normas del estado de derecho, siempre ha tenido claro que cualquiera de las partes tiene el derecho a acudir a las respectivas instancias judiciales para resolver las controversias que puedan existir entre estas.

Sin embargo, en este caso, lo cierto es que entre las partes no ha existido hasta ahora ninguna muestra de una controversia relacionada con los incumplimientos que ahora nos están siendo imputados, y como muestra de ello cabe resaltar que no se ha activado ninguno de los mecanismos de apremio o sanción que incorpora el contrato, razón de más para cuestionar firmemente que EPM adopte de manera abrupta una posición que va en contravía de sus actuaciones previas y comience a endilgarnos, no sólo en el ámbito limitado de la controversia judicial sino de manera pública y ostentosa, un supuesto incumplimiento que nunca había sido tratado de manera directa durante la ejecución contractual.

Igualmente queremos advertir sobre las graves y onerosísimas consecuencias que se generan para el Consorcio y las Empresas que lo conforman, a raíz de la iniciación de este trámite dada la directa afectación a la imagen y a la operatividad de estas.

Por otro lado, no podemos aceptar que se nos endilgue la supuesta responsabilidad, no fundada en la calidad de las obras a nosotros encomendadas, sino por una supuesta falta consistente en no advertirle a EPM sobre unos presuntos errores de diseño, pues, en consonancia con lo anterior, debe destacarse que el informe de Skava que soporta su solicitud de conciliación prejudicial, descarta de plano las hipótesis que podrían recaer sobre nuestras obligaciones contractuales como constructores relacionadas con asuntos tales como la calidad del soporte instalado, los concretos, etc.

En consideración a lo anterior, hacemos un llamado a que EPM reconsidere la decisión inicial y retire las pretensiones formuladas en contra del Consorcio CCC Ituango y en contra de sus integrantes.
Respetuosamente,

(Fdo)___________________ BRAULIO SARAIVA JR Representante Legal Consorcio CCC Ituango
(Fdo)____________________ JUAN LUIS ARISTIZABAL VÉLEZ Representante legal
Constructora Conconcreto S.A.
(Fdo)______________
MILLER SOARES RUFINO
Representante Legal CC Infra S.A.
(Fdo)______________________ JUAN FELIPE HOYOS MEJÍA
Representante legal Coninsa Ramón H. S.A
CC.
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