jueves, marzo 28, 2024
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Libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez queda en suspenso hasta el 22 de septiembre

Luego de que por reparto la solicitud de libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quedara en manos del Juzgado 30 de control de garantías en la sede de Paloqueamo en Bogotá, cuya titular es la Juez Clara Ximena Salcedo Duartes, quien tras varias horas, decidió suspender la diligencia mientras analiza los argumentos de las partes, para el martes 22 de septiembre a las 9:00 de la mañana

A las 9 de la mañana comenzó el proceso de audiencia en el juzgado 30, luego que la Fiscalía se declarara incompetente para liberar al expresidente Uribe. La defensa debió solicitar entonces, la solicitud bajo el sistema de garantías  fijándose la audiencia por reparte en ese despacho.

Hacia el medio día y luego de surtidas las formas iniciales, se presentaron varias solicitudes por parte de la parte configurada como víctima, en el caso del senador Iván Cepeda en el caso de que se mantenga la línea de la instrucción iniciada por la Corte y que se valoren la decisiones ya tomadas por la alta corporación, es decir, que se mantuviera a Álvaro Uribe en prisión.

Cuando fue escuchada y registrada la solicitud, apareció una que no se esperaba por parte del exfiscal General de la Nación, Luis Eduardo Montealegre y el exfiscal Jorge Perdomo, quiénes solicitaron que, a la luz de la nueva competencia de la Fiscalía para continuar con la investigación, sean considerados también como víctimas en el proceso, a fin de ser parte civil del proceso y con ello, buscar que se impidiera la libertad.

En medio de una multitud de tecnicismos jurídicos, el orden de la audiencia se dio primero escuchando a las supuestas víctimas, quienes pudieron expresar su argumentos. La audiencia que se dio de manera virtual, tuvo varios inconvenientes en la transmisión por lo que debió ser suspendida en varias oportunidades.

En esta primera parte, se dieron una cadena de recusaciones por parte de Iván Cepeda, inicialmente, contra el fiscal general, el vicefiscal y el fiscal asignado al caso y sorteado esto, se procedió por parte de la defensa a solicitar que se aplique la ley 600 la misma que se le venía aplicando al expresidente desde la Corte.

Seguidamente fue el turno para la defensa quien contrario a la solicitud del apoderado de las víctimas, solicitó que se aplique la ley 906 que permitirá que el proceso inicie de cero y se invalide todo lo actuado hasta el momento, toda vez, que ha cambiado de instructor y como tal, este nueva competencia debe iniciar su propia investigación, pues lo realizado por la corte, perdió su validez al cambiarse la competencia a la Fiscalía.

Igualmente, la defensa argumentó que en ese sentido, la libertad del exmandatario debería de decretarse a la luz del mismo argumento, pues la privación de la libertad al expresidente, se dio por una entidad que no es competente y debería quedar en el criterio de la fiscalía el tener los argumentos para decretar este tipo de medida.

La procuradora del caso, Maria Lourdes Hernández, se inclinó por el respeto de las competencias de la ley 906, ley que atribuye la totalidad del proceso a la Fiscalía.

El abogado defensor, Jaime Granados, reiteró que la propia Corte Suprema de Justicia cuando pierde la competencia, quien entrega el caso a la justicia ordinaria bajo la ley 906, por lo que señaló que esta es la ley sobre la que se debe proceder.

Es así como luego de varias horas de audiencia, se tomó la decisión suspender la misma para analizar los argumentos, antes de proceder si se decreta la libertad. Para ello, la juez Salcedo deberá determinar en los próximos días y mientras evalúa todos los argumentos, si se procederá bajo la ley 600 o la 906 del sistema penal acusatorio.

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