viernes, abril 19, 2024
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(INVESTIGACION) La extraña historia de la convocatoria pública declarada desierta para contratar “a dedo” en Metrosalud

Tenga un poco de paciencia para conocer esta historia, que muestra el extraño proceso que utilizó Metrosalud, para contratar a dedo a una empresa y para lo que, a todas luces, se hizo hasta lo imposible para poder manipular una convocatoria pública, hasta el punto de declararla desierta. Los denunciantes, creen que todo fue premeditado para favorecer a una empresa que ni participó de la convovatoria y que a última hora, modificó sus estatutos para realizar, en un solo día, un contrato que normalmente, tarda meses.  Esta es la historia:

La Veeduría Nacional Transparencia y Anticorrupción, en su Capítulo Antioquia, formuló ante la Fiscalía General de la Nación, una denuncia de carácter penal en contra de la Gerente de METROSALUD, Martha Cecilia Castrillón, la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, Adriana Acero Correa, la Subgerente Administrativa y Financiera, Olga Mery López, la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, Adriana Rojas, la Subgerente de Red de Servicios, Lina María Giraldo y la abogada del área de contratación, Vanesa Jiménez VANESSA JIMENEZ ZAPATA; por presuntos delitos en Celebración indebida de contratos, Interés indebido en la celebración de contratos y Contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La historia que desemboca en esta denuncia penal, tiene su origen en una convocatoria que extrañamente descalificó a uno de los actores de probada experiencia y que venía ejecutando el un contrato con alta calidad desde administraciones pasadas, basado en un tecnicismo que llevó a declarar desierto el proceso y con ello, poder entregar el contrato a dedo a una empresa que pudo subsanar, tres días antes, el tecnicismo que llevó a la descalificación.

Para precisar, todo está ubicado en la Metrosalud, cuando se inició el proceso de Convocatoria Pública con número 06 del 27 de marzo de 2020. En ella,  la Empresa Social del Estado Metrosalud, invitó a los interesados en prestar el servicio de preparación y distribución de alimentos a los pacientes
hospitalizados en las Unidades Hospitalarias de Metrosalud, con un presupuesto asignado de Dos Mil Quinientos Sesenta y Seis Millones Ciento Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Veinticuatro Pesos ($ 2.566.158.724, oo); Valor que al finalizar el año y con adiciones puede ascender a Tres Mil Quinientos Millones de Pesos ($3.500.000.000, oo), en un plazo de ejecución entre el mes de mayo y noviembre de este 2020, según se recoge en la demanda.

Las empresas que participaron en el proceso y durante los meses de marzo a abril, fueron “SAN AGUSTÍN EVENTOS Y TURISMO S.A.S. ALIMSO
CATERING SERVICES S.A, y SALAMANCA ALIMENTACION INDUSTRIAL S.A”; este último, era la empresa que ya venía prestando estos servicios y que buscaba continuar, sometido bajos las reglas dadas en el pliego.

Extrañamente, el El 22 de abril de 2020, la Subgerente Administrativa y Financiera de Metrosalud, Olga Mery López, publicó la “Evaluación Preliminar” de la convocatoria e informa que, por razones técnicas, ALIMSO CATERING SERVICES S.A. quedaba descalificando, mientras que En a SAN AGUSTÍN EVENTOS Y TURISMO S.A.S. y SALAMANCA ALIMENTACION INDUSTRIAL S.A, se les pidió subsanar algunos requerimientos en un término de dos días; los mismos que se hicieron a tiempo.

Dentro del periodo de observaciones, SALAMANCA, hizo observaciones explicando que San Agustín no cumplía con el requisito de dos años de experiencia en el préstamo de servicios de alimentación en hospitales. Por su parte SAN AGUSTÍN, también hizo sus observaciones, pero curiosamente no existe registro de la fecha en la que fueron presentados. Los denunciantes, presumen que esas observaciones fueron presentadas extemporáneamente.

Durante los días siguientes, se presentó el incumplimiento del cronograma y la modificación del mismo. En ese proceso, se perciben cambios injustificados en el proceso de la convocatoria, que por demás, cambió la fecha de la entrega de respuesta de resolución de adjudicación para el 12 de mayo. Sin que se presentaran evidencias de que el comité de contratación se hubiera reunido para tomar discutir las observaciones, el 7 de mayo  se dio respuestas a las mismas en la que se descalifican, sorpresivamente, los dos oferentes, es decir, a SAN AGUSTIN y SALAMANCA, se les informa que la primera no tiene los años de experiencia, y a Salamanca, con un tecnicismo que dice que “en su objeto social inscrito en Cámara de Comercio, no se contempla la actividad de alimentación hospitalaria”.

Lo que los denunciantes indican es que es Bastante llamativo que se invocara este argumento para excluir a SALAMANCA S.A, toda vez que en ese momento era el proveedor del servicio de alimentación hospitalaria en Metrosalud, tenía un contrato vigente hasta el 15 de mayo de 2020. De igual forma, había sido proveedor de alimentación hospitalaria de Metrosalud en años anteriores, y su Registro Único de Proponentes RUP contempla una experiencia muy amplia en contratos de alimentación con diferentes entidades hospitalarias”.

Pese a que SALAMANCA, reaccionó e hizo el cambio correspondiente en la Cámara de Comercio para el día siguiente, METROSALUD, hizo caso omiso y nunca respondió para dar como habilitado, nuevamente a SALAMANCA, el experto que, para ese momento, todavía desarrollaba su contrato en la ESE. El tema, se puso en conocimiento de la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá  y el concepto del organismo a la Gerente de Metrosalud, fue claro al explicar que “son los criterios jurídicos y financieros los que causarán rechazo de la oferta, así como el análisis técnico de las propuestas. Por tanto, se debe analizar en profundidad lo estipulado en la Convocatoria Pública y evitar en lo posible modificar condiciones que no estaban planificadas desde el principio de la contratación lo que podría dar lugar a afectar a uno de los proponentes“. Es decir, METROSALUD, no debía excluir a SALAMANCA por no decir en su objeto de Cámara de Comercio, “Alimentación Hospitalaria”, pues no se tenía en los términos iniciales.

No obstante e ignorando el concepto de le Procuraduría, el 12 de mayo, declararon desierta la convocatoria y es aquí, cuando ocurre lo mas extraño, y es que en la resolución, en la que recuerdan que se pueden interponer los recursos legales en los siguientes 10 días, subrayan algo bastante curioso: dicen que “Se debe tener en cuenta que conforme a las normas que regulan la contratación estatal y al estatuto contractual de Metrosalud, cuando se declara desierto un proceso público para contratar, la entidad puede contratar directamente el proveedor para que le preste el servicio, sin que se puedan disminuir los requisitos exigidos en los términos de referencia de la convocatoria pública declarada desierta.” Es aquí, en donde surgen la dudas y las sospechas.

Pese a que se interpuso el recurso que debía surtirse en los siguientes 10 días, y con la anterior información subrayada de por medio, sí resultó muy extraño que tres días después, es decir el 15 de mayo, justo el día que terminaba el contrato de SALAMANCA, se contrató a dedo a la empresa NUTRISER COLOMBIA SAS, con el objeto de la convocatoria, llamando la atención y de manera muy extraña, que esta empresa, justo el día 12 de mayo, cambió en la Cámara de Comercio, su objeto para que apareciera con el objeto de “Alimentación Hospitalaria”. Justo el mismo día en que fue declarada desierta la convocatoria.

Para los denunciantes, existen varias irregularidades en la convocatoria, que deberían llevarla a declararla nula; entre ellas, la Violación e incumplimiento de los términos de referencia que son Ley para las partes, las extrañas modificaciones constantes, extemporáneas y sin fundamento alguno al cronograma del proceso contractual, la demora en resolver las observaciones presentadas por los proponentes y omisión en dar respuesta a los proponentes en sus solicitudes. Así mismo entiende como irregular el funcionamiento del comité de contratación, la adopción de criterios jurídicos diferentes a los utilizados por la misma entidad en procesos de selección anteriores con los mismos proponentes, por los mismos servidores que adelantaron convocatorias anteriores con el mismo objeto y la transgresión a los principios de la contratación estatal.

Los denunciantes, consideran que “sin duda alguna, las irregulares actuaciones solo tenían como finalidad contratar “a dedo” el servicio de preparación y distribución de alimentos a pacientes hospitalizados con la empresa NUTRISER COLOMBIA SAS, que finalmente sería la contratada para prestar este servicio.

Otros de los elementos que llaman poderosamente la atención, son: La carta que la gerente de METROSALUD, Martha Cecilia Castillón, le envió a la empresa NUTRISER informando que dos funcionarias los visitarían para definir la invitación a contratar, justo el mismo día, antes de que se reuniera el comité que declararía desierta la convocatoria pública, siendo al día siguiente, que se le invitó directamente a contratar; sin que en ningún momento, manifestara intención de participar en la convocatoria pública que fue declarada desierta.

Otro de los elementos llamativos es que la empresa contratada a dedo, no cuenta con la experiencia que sí demostraba SALAMANCA y que en un solo día, la empresa NUTRISER, lograra reunir todos los requisitos jurídicos, técnicos y financieros que tarda semanas en ser reunidos; pero aun mas curioso, es que METROSALUD, solo tardó un día para hacer el análisis de los requisitos y de la evaluación jurídica y técnica; siendo aprobado el contrato y emitida la disponibilidad presupuestal en solo horas.

En resumen, en solo un día se hace la invitación a contratar, se reúnen requisitos y se hace contrato y al siguiente día, 16 de mayo, NUTRISER comenzó a operar en un contrato que finalmente fue de casi $2.600.000.000.

Dicen los denunciantes, “Bastante difícil y complejo este maratónico proceso para celebrar un contrato de esta naturaleza y con ese presupuesto, lo que hace improbable su celebración en un solo día, es por esto que se generan serias dudas frente a la manera en que fue manejado el proceso precontractual, todos los indicios apuntan a que la empresa NUTRISER SAS fue informada con la suficiente antelación de la invitación a contratar que le haría la gerente de la ESE Metrosalud, MARTHA CECILIA CASTRILLÓN SUÁREZ. ¿Favorecimiento e interés indebido en la celebración de contratos?”, dice la denuncia penal.

Del mismo modo los denunciantes indican que “Prueba de la anterior afirmación lo constituye el hecho de que el 05 de mayo de 2020, se realizó reunión extraordinaria de la junta directiva de la empresa NUTRISER COLOMBIA SAS con el fin exclusivo de modificar los estatutos para agregarle a su “OBJETO SOCIAL”, la actividad de “SUMINISTRO DE ALIMENTOS A PACIENTES DE ENTIDADES HOSPITALARIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS”, tal como puede observarse en el acta inscrita en el registro de Cámara de Comercio del Sur el día 08 de mayo de 2020, este cambio se produce justo 4 días antes de que la gerente de Metrosalud MARTHA CASTRILLÓN SUÁREZ, invitara a NUTRISER SAS, a presentar propuesta para prestar el servicio de alimentación en la entidad. Todo indicaría que la modificación a los estatutos de NUTRISER SAS, tuvo como único objetivo “reunir requisitos” para contratar con Metrosalud, pues, no puede perderse de vista que el proponente SALAMANCA S.A. fue descalificado convenientemente de la convocatoria pública 06 de 2020 con el rebuscado argumento de que su objeto social no contemplaba de manera expresa la actividad de servicio de alimentación hospitalaria“.

La falta de transparencia, es otro de los temas importantes que reseñan los denunciantes, pues el contrato de NUTRISER, solo se publicó 4 días después en el SECOP.

Este es solo uno de los contratos con irregularidades y que tejen una sombra de dudas

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