martes, marzo 26, 2024
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Así va la audiencia por la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Esto pasó en la mañana

La Juez 30 de Control de Garantías, Clara Ximena Salcedo, estudia si decreta la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez luego de varias horas de audiencia, acogiendo los argumentos de la defensa, liderada por los abogados Jaime Lombana y Jaime Granados y la fiscalía y faltando hasta este medio día, que se pronuncien los que se consideran víctimas. .

En lo que se configuró como una verdadera clase de derecho penal, Granadoshizo gala de los argumentos y conocimiento de la normatividad que rige la ley 906 que fue, finalmente, la competente para adelantar el proceso de Uribe Vélez. Granados explicó desde los términos constitucionales y del derecho comparado, la aplicación de las normas que deberían dar la libertad al expresidente, ubicando en el contexto el caso.

La defensa explicó que en ningún momento busca la anulación de las actuaciones o de las imputaciones que le pueden caber al expresidente, pero explicó que ese es otro tema a debatir luego que se presente una imputación de cargos, algo que hasta el momento no ha ocurrido en el marco del sistema acusatorio. Recordó la función del Juez de Garantías y al tiempo que esta audiencia solo se trata de tratar el tema de la libertad de Álvaro Uribe Vélez, adelantándose a los posibles argumentos de quienes se busca ser reconocidos como víctimas.

Quedó claro en la larga exposición y argumentación de la defensa, que este es un caso inédito que no marca lo que comúnmente ocurre en el acontecer diario de la Justicia del sistema Penal Acusatorio, y que esto es lo que hace que recobre mayor importancia frente a la decisión que se tomara. Orientó Granados, sobre la manera como deben interpretarse las normas y esbozó por lo menos 4 causales por las que Uribe no puede estar preso.

Comparó el caso sobre decretar el que reinicie el proceso desde cero, con el del Congresista León Freddy Muñoz, capturado con cocaína en el aeropuerto José María Córdoba antes de posesionarse como representante a la Cámara y como fue, en primer momento, asumido dentro de la ley de garantías y que cuando pasó a ser Congresista, cambió la competencia y como tal, su expediente fue trasladado a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que determinó, que se iniciaba desde cero el proceso. En ese sentido, reclamó que se actúe en el mismo sentido, tras existir una jurisprudencia y un procedimiento que da el antecedente.

Para Lombana no se puede hacer una homologación de la privación de la libertad en la ley 600 y la 906; y por lo tanto, la metodología y postulados son diferentes y no equiparables. Para ejemplificar el tema, trajo el caso de alias Santrich, en el que por competencias, se negó las competencias de los jueces y de la fiscalía en la ley 906 que lo puso preso, pero la Corte al reclamar la competencia, le declaró la libertad. El principal argumento, fue justo que la ley 906 no era equiparable a la ley 600 que se le aplicó por la Corte

En ese sentido, la defensa recalcó que ya existe una jurisprudencia que determina una estructura de procedimiento, y que si no se diera la libertad en consecuencia, se estaría violando los principios de igualdad, estipulado en la constitución. Mantener a Uribe preso significaría a la luz de lo anterior, que se estaría violando el principio de legalidad, debido proceso y segregación ideológica.

Concluyó explicando que al momento, no ha existido un proceso de imputación ni acusación por parte de un juez de garantías por lo que no puede estar preso, pidiendo la libertad inmediata y que se devuelva la caución económica pagada por Uribe Vélez.

A los argumentos de Lombana, le siguió la Fiscalía, quien comenzó pidiendo que no haya incidencia de lo político y se suscriba este proceso de manera imparcial exclusivamente al derecho, sin que se diga que son triunfos políticos o derrotas; sino un triunfo de la administración de justicia neutra que cumpla con su labor. La Fiscalía dijo que se ajustaba a la justicia de Cicerón que es que a cada cual se le reconoce lo que le corresponde y apoyó la petición de la libertad del expresidente, apelando directamente a la normatividad vigente, tanto por competencia como base del Sistema Penal Acusatorio, en el que para que se prive de la liberad a una persona, primero se debe hacer una audiencia de legalización de cargos e imputación de los mismo.

No obstante, leyó algunos conceptos contrarios que llevaron a mantener lo actuado, que advertían que no se podía retroceder en lo actuado, en ese sentido, dijo que se puede intuir algunas reglas en el tránsito de sistemas y de procesos del sistema acusatorio al sistema penal mixto es, decir, situaciones contrarias a las que ocupa a este caso de Uribe, al ser tránsito entre la ley 906 a la ley 600. Con esto, el Fiscal recordó que esto refiere a las etapas procesales.

Tras una larga disertación, el Fiscal hizo duras críticas a la manera como la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, llevó a cabo las  faltas de garantías, imprecisión jurídica como se llevó la indagatoria además de omisiones como haberle permitido al expresidente Uribe, poderse declarar como culpable o inocente o la opción de sentencia anticipada. Igualmente el Fiscal, aceptó que es necesario que no se vulnere el debido proceso y las garantías al derecho a la defensa.

Estas críticas las hizo en el marco de sus conclusiones y evidenció como se contraviene la legalidad yendo en contra a los derechos de defensa al expresidente. Es así, como apelando al estricto derecho, explicó que en términos jurídicos la imputación hecho en la Corte, sería nula. Continuó explicando legalmente se le vulneraron los tiempos para la defensa del expresidente en la Corte y que se limitó el tiempo en el derecho a la controversia probatoria.

Con lo anterior la Fiscalía señaló que considera que asimilar la indagatoria surtida en el proceso a la formulación de la imputación necesaria, resulta afectante y lesiva de la estructura del sistema penal acusatorio. Así, pues la el Fiscal Gabriel Ramón Jaimes Urán, considera que se debe aplicar el sistema de garantía y no tener en cuenta lo actuado por la Corte, dejando en la Juez, que la libertad se pueda dar para poder que se pueda recomenzar con el proceso haciendo las correcciones propias del sistema que ahora compete y que determine, en sus investigaciones si debe o no estar en prisión.

Es así como la Fiscalía  en su análisis determina, no solo que hay incompatibilidad entre los momentos procesales de la Corte y el proceso no puede tomarse en donde fue dejado por la Corte y apela a que el expresidente tiene derecho al debido proceso de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, preservando los derechos y garantías fundamentales, legitimando la garantía que el Estado da para la resolución de los conflictos y como un derecho humano.

Finalmente el Fiscal consideró que se vulneraría el principio del debido procesos si se retomara el caso en el mismo estanco procesal, por lo que en este caso, se deben proteger los derechos el expresidente Uribe. Así las cosas y concluida la disertación de la Fiscalía, la juez consideró un receso de 30 minutos para descansar de las mas de cuatro horas que se llevaba y al tiempo para verificar la grabación que tiene un límite de tiempo, anunciando que se retoma sobre la 1:30 de la tarde.

Luego del receso, hablaron el exfiscal Eduardo Montealegre y el abogado Jorge Perdomo quienes se quieren hacer considerar como víctimas y criticaron la solicitud de nulidad que, desde la Fiscalía, se solicita sobre lo actuado por la Corte Suprema de Justicia. Los pretendientes a ser considerados víctimas, en evidente molestia, solicitaron un tiempo razonable para revisar los expedientes que recientemente les fue entregada.

Ante el nuevo traslado de la solicitud de las supuestas víctimas, la Procuradora hizo énfasis en desmentir lo interpretado por las víctimas al entender que lo que hizo el Fiscal Jaimes lo que pidió fue la libertad del expresidente Uribe y no una nulidad. En ese sentido, la Procuradora Maria Lourdes Hernández, consideró improcedente que se suspendiera la audiencia para estudiar el traslado de dos elementos procesales que no son tema de esta audiencia más cuando se hace basado en una solicitud inexistente de nulidad. En este caso, sugirió que si el tema es de estudiar para poder intervenir en temas pertinentes a la audiencia actual, se podría dar un corto tiempo.

Por su parte, el abogado Jaime Granados, fue claro en explicar que no se entiende de donde salió el tema de la nulidad, cuando se hizo fue un análisis sobre el procedimiento de la Corte a la vez que denunció que la solicitud es una conspiración para dilatar la audiencia y constituye un abuso, por parte de Perdomo y Montealegre solicitando a la Juez que evite dilaciones indebidas.

Así las cosas, la juez evaluó que el debate gira sobre los argumentos sobre la libertad del expresidente y no sobre otros temas, por tal razón por la que aclaró que los demás criterios tendrán otros escenarios y recordó que se partió desde la tergiversación de lo que presentó el Fiscal, a la vez que dijo no haber recibido ninguna solicitud de nulidad. Así pues, negó la suspensión de la audiencia dentro de las normas que le confieren la responsabilidad de evitar dilaciones. Montealegre reprochó que se le negara el tiempo considerable para revisar la indagatoria, además rechazó que se le atribuyera a esa solicitud la intención dilatoria y expresó que considera que le están violando sus derechos como víctima.

No obstante, la audiencia hizo un receso de 45 minutos hasta las 3:30 de la tarde. Con algo de prolongación se retomó la audiencia.

La Juez, evitó las maniobras dilatorias que desde quienes quieren hacerse ser reconocidos como víctimas, el exfiscal Eduardo Montealegre y el abogado Fernando Perdomo; se intentaron bajo argumentos que nada tienen que ver con el tema de la audiencia y que tendrán, según lo dijo la funcionaria, su tiempo y espacio en medio del desarrollo del proceso.

El abogado de Iván Cepeda, Reinaldo Villalba, se concentró en criticar la exposición del Fiscal, tampoco logró que la Juez entendiera la discusión, que no controvirtió los argumentos que pedían la libertad. Villalba al igual que Perdomo y Montealegre, buscaron en sus argumentos insistir en que implícitamente, el fiscal, con sus críticas a la indagatoria, suponía una solicitud de nulidad de la indagatoria. Es de esa manera como luego que la Juez diferenciara los espacios, en los que los demás temas podrán discutirse, entre ellos la pertinencia de la indagatoria y el momento procesal con el que el caso debe continuar, se procedió a sopesar las versiones de las partes.

 

 

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